Derechos del paciente
De acuerdo con el Protocolo del Trastorno sobre el Comportamiento Alimentario, editado por el Ministerio de Sanidad en el año 1995, tienes derecho a un tratamiento interdisciplinar.
TIENES DERECHO A:
Ante cualquier sospecha de padecer un trastorno de conducta alimentaria, a acudir a tu médico de atención primaria y/o familiar para que, de acuerdo a los síntomas que presentes, te dé una primera valoración.
- A que tu médico de atención primaria y/o familiar, si considera que hay indicios suficientes, te derive a la Unidad de Salud Mental donde psiquiatras y psicólogos, especialistas en trastornos de conducta alimentaria, valoren los síntomas, diagnostiquen tu enfermedad y te apliquen el tratamiento correspondiente.
- A recibir un mejor y más completo tratamiento y, por tanto, también tienes derecho a la consulta de un endocrino y un nutricionista. Estas consultas deberán ser solicitadas por tu psiquiatra.
- A disponer de un seguimiento continuado y a las visitas con el psicólogo con una periodicidad al menos semanal. No obstante, serán el psiquiatra y el psicólogo quienes deberán valorar sesiones de terapia que consideren necesarias para tu recuperación.
- Si no recibes la atención a la que tienes derecho, acude al servicio de atención al paciente o al trabajador/a social de tu Hospital o Centro de Salud.
- Reclamar por escrito la atención que necesites. No olvides pasarla por el registro donde deberán sellarte una copia de dicha reclamación y enviarnos una copia sellada, o fotocopia, a la Asociación.
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C/ Alcalá, 21. 8ª planta
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